8° Domingo después de Pentecostés 2017

Fiesta de la Santísima Trinidad, Prima Pars Santo Tomás, Sermón 3 parte 2.

(Domingo 30 de julio de 2017) P. Altamira.

(Introducción)

Queridos fieles:

Como habíamos anunciado, Dios mediante daremos el último tema sobre la Santísima Trinidad para este año.
Han sido, siguiendo a Santo Tomás de Aquino en la Suma, tan sólo las 3 primeras cuestiones (son 17 en total).
Para el día de hoy, la Cuestión 29: “Sobre las Personas Divinas” (De personis divinis). Pero ya les adelantamos que no hablaríamos según el punto de vista espiritual, sino teológico y metafísico (y vale la pena aclarar nuevamente que aquí hablamos de “metafísica” en el sentido de la parte más elevada de la verdadera Filosofía; no según esos libros modernos-y-modernosos que de metafísica no tienen nada y son tal vez “esotéricos”: hay mucha gente leyendo esas cosas).

(Cuestión 27) Vimos que en Dios las procesiones son internas (ad intra); que sólo pueden ser dos: la de la inteligencia y la de la voluntad; y que son de la misma naturaleza de Dios.
(Cuestión 28) Vimos que de cada procesión surgen 2 relaciones, siendo 4 relaciones en total (dos por la inteligencia: llamadas paternidad y filiación; y dos por la voluntad llamadas con nombre no tan propio: espiración y procesión). Vimos también otros conceptos, pero los recordaremos más adelante.
(Cuestión 29) Vamos al tema de hoy sobre las Personas divinas.

(Cuerpo: La Cuestión 29 sobre las Personas divinas)

A) Comencemos, siguiendo a Santo Tomás, por la definición de “persona”. Leemos un resumen:
(art 1) Definitio personae quam Boetius assignat in libro “De duabus naturis” (C. 3), talis est: Persona est rationalis naturae individua substantia. La definición de persona que Boecio asigna en el libro “Sobre las dos naturalezas”, es la siguiente: Persona es la sustancia individual (el subsistente) de naturaleza racional.
Los individuos dentro del género de la sustancia son llamados hipóstasis, o sustancias primeras, o subsistentes.
Pero, dentro del género de la sustancia, los individuos de naturaleza racional, los cuales tienen dominio de su propio acto, tienen otro nombre más especial, y dicho nombre es “persona”.
Y por eso, en la predicha definición, se pone “sustancia individual”, que significa el subsistente; y se agrega “de naturaleza racional”, para marcar que persona no es cualquier subsistente sino EL SUBSISTENTE DE NATURALEZA RACIONAL1.

¿Qué es el subsistente? El SUBSISTENTE (o sustancia primera, o supósito, o también hipóstasis), usado no en el sentido común de las lenguas modernas, sino en el sentido propio de la Filosofía de siempre, es el nombre que se aplica para todo individuo que es en sí, que tiene “el esse” (el ser) en sí (entre paréntesis: de allí se produce que también exista por sí).
Si ese subsistente es de naturaleza racional, entonces se le llama “persona”.

B) De la mano con lo último que hemos dicho sobre “el subsistente”, ahora vendrá una insistencia o repetición para distinguir los términos, nombres o palabras: Todo ente, o sujeto que es por sí y no en otro, y por lo tanto que existe por sí, es llamado subsistente o hipóstasis o supósito o sustancia primera (v.gr. un perro, un árbol, una piedra, etc). Cuando ese sujeto es de naturaleza racional, se llama persona.2

C) En tercer lugar, Santo Tomás nos dirá que la esencia (o naturaleza) divina contiene en sí toda perfección, y que por lo tanto también corresponde a Dios la perfección de “persona”.3

D) En cuarto lugar, Santo Tomás nos dirá qué es una persona divina:4

1 Artículus 1: De definitione personae: Sobre la definición de persona. Definitio personae quam Boetius assignat in libro “De duabus naturis” (C. 3) talis est: Persona est rationalis naturae individua substantia”: La definición de persona que Boecio asigna en el libro “Sobre las dos naturalezas”, es la siguiente: Persona es la sustancia individual (el subsistente) de naturaleza racional. (…) Repondeo dicendum quod, licet universale et particulare inveniantur in ómnibus generibus: Respondo diciendo que, aunque lo universal y lo particular son encontrados en todos los géneros, tamen speciali quodam modo individuum invenitur in genere substantiae: sin embargo por un cierto modo especial, lo individual es encontrado en el género de la sustancia. Substantia autem individuatur per seipsam: Ahora bien, la sustancia es individuada por sí misma, sed accidentia individuantur per subiectum, quod est substantia: pero los accidentes son individuados por su sujeto, el cual es la sustancia: dicitur enim haec albedo, inquantum est in hoc subiecto: pues es dicha esta blancura en cuanto está en este sujeto. Unde etiam convenienter individua substantiae habent aliquod speciale nomen prae aliis: dicuntur enim hypostases, vel primae substantiae: De donde también en forma conveniente, las cosas individuales de la sustancia tienen algún nombre especial fuera de otros: son llamados pues hipóstasis, o sustancias primeras. Sed adhuc quodam specialori et perfectiori modo invenitur particulare et individuum in substantiis rationalibus: Pero todavía por un cierto más especial y más perfecto modo es encontrado lo particular y lo individual en las sustancias racionales, quae habent dominium sui actus: las cuales tienen el dominio de su acto propio, et non solum aguntur, sicut alia: y no solamente son obradas, como las otras cosas, sed per se agunt: sino que obran por sí mismas: actiones autem in singularibus sunt: pero las acciones son en los singulares. Et ideo etiam inter ceteras substantias quoddam speciale nomen habent singularia rationalis naturae: Y por eso incluso entre las otras sustancias, los singulares de naturaleza racional tienen cierto nombre especial. Et hoc nomen est persona: Y este nombre es persona. Et ideo in praedicta definitione personae ponitur substantia individua: Y por eso en la predicha definición de persona de pone “sustancia individual”, inquantum significat singulare in genere substantiae: en cuanto signfica lo singular en género de la sustancia: additur autem rationalis naturae: pero se agrega “de naturaleza rational”, inquantum significat singulare in rationalibus substantiis: en cuanto significa lo singular en las sustancias racionales.
2 (Resumen del art 2) Lo que, dentro del género de la sustancia, los nombres de “sujeto, supósito, cosa, subsistencia (o subsistente), hipóstasis, o sustancia primera” significan para todo individuo que existe por sí, eso mismo significa en forma bien específica el nombre “persona” para todo individuo [que existe por sí] de naturaleza racional (es el sujeto o supósito racional, o subsistente racional, etc). Artículus 2: Utrum persona sit ídem quod hypostasis, subsistentia et essentia: Si persona es lo mismo que hipóstasis, subsistencia y esencia. Respondeo dicendum quod, secundum Philosophum, in V Metaphys., substantia dicitur dupliciter: Respondo diciendo que, según el Filósofo (i.e. Aristóteles), en el Libro V de la Metafísca, sustancia se dice de dos maneras. Uno modo dicitur substantia quidditas rei, quam significat definitio, secundum quod dicimus quod definitio significat substantiam rei: quam quidem substantiam Graeci usiam vocant, quod nos essentiam dicere possumus: Por un modo, sustancia es llamada “la quiddidad” de la cosa, que la definición significa, según que decimos que la definición significa la sustancia de la cosa: a la cual sustancia ciertamente los griegos llaman “usía”, que nosotros podemos decir “esencia”. Alio modo dicitur substantia subiectum vel suppositum quod subsistit in genere substantiae: Por otro modo, sustancia es llamado el sujeto o supósito que subsiste en el género de la sustancia. Et hoc quidem, communiter accipiendo, nominari potest et nomine significante intentionem: et sic dicitur suppositum: Y esto ciertamente, tomándolo en general, puede ser denominado con un nombre que signifique “intención” (¿o concepto?): y así es llamado “supósito”. Nominatur etiam tribus nominibus significantibus rem: También es denominado con tres nombres que significan la cosa, quae quidem sunt “res naturae”, “subsistentia” et “hypostasis”, secundum triplicem considerationem substantiae sic dictae: los cuales (nombres) ciertamente son “cosa de la naturaleza”, “subsistencia” e “hipóstasis” según la triple consideración de la sustancia así dicha. Secundum enim quod per se existit et non in alio, vocatur subsistentia: illa enim subsistere dicimus, quae non in alio, sed in se existunt: Pues según que existe per se y no en otro, es llamado “subsistencia”, pues decimos que subsisten aquellas cosas que no en otro sino en sí existen. Secundum vero quod supponitur alicui naturae communi, sic dicitur res naturae; sicut hic homo est res naturae humanae: Pero según que es puesto para alguna naturaleza común, así es dicho “cosa de la naturaleza”, como este hombre es una cosa de naturaleza humana. Secundum vero quod supponitur accidentibus, dicitur hypostasis vel substantia: Pero según que es puesto por los accidentes, es llamado “hipóstasis” o “sustancia”. —Quod autem haec tria nomina significant communiter in toto genere substantiarum, hoc nomen persona significat in genere rationalium substantiarum: Pero lo que estos tres nombres significan en forma común en todo el género de las sustancias, este nombre “persona” significa en el género de las sustancias racionales.
3 Artículus 3: Utrum nomen “personae” sit ponendum in divinis: Si el nombre de “persona” debe ser puesto en las cosas divinas. Respondeo dicendum quod persona significat id quod est perfectissimum in tota natura: Respondo diciendo que “persona” significa aquello que es lo más perfecto en toda la naturaleza, scilicet subsistens in rationali natura: a saber el subsistente de naturaleza racional. Unde, cum omne illud quod est perfectionis, Deo sit attribuendum, eo quod eius essentia continet in se omnem perfectionem; conveniens est ut hoc nomen persona de Deo dicatur: De donde, puesto que todo aquello que es de la perfección, a Dios debe ser atribuido, por aquello que su esencia contiene en sí toda perfección; es conveniente que este nombre “persona” sea dicho de Dios. Non tamen eodem modo quo dicitur de creaturis, sed excellentiori modo: No, sin embargo, por el mismo modo por el cual es dicho de las creaturas, sino por un más excelente modo; sicut et alia nomina quae, creaturis a nobis imposita, Deo attribuuntur: como también otros nombres que, puestos por nosotros a las creaturas, a Dios son atribuidos; sicut supra (q.13, a.3) ostensum est, cum de divinis nominibus ageretur: como arriba fue mostrado, cuando se estudiaba sobre los nombres divinos.
4 Artículus 4: Utrum hoc nomen “persona” significet relationem: Si este nombre “persona” significa “relación” en Dios. Respondeo dicendum quod circa significationem huius nominis persona in divinis: Respondo diciendo que respecto al significado de este nombre “persona” en las cosas divinas, difficultatem ingerit quod pluraliter de tribus praedicatur: eso pone la dificultad que (persona) es dicho en forma plural para tres, praeter naturam essentialium nominum: fuera de (contra) la naturaleza de los nombres esenciales [fuera de los nombres o palabras que se dicen sobre la esencia o naturaleza de Dios, los cuales son en singular]; neque etiam ad aliquid dicitur: y tampoco (el nombre persona) es dicho como “hacia algo (ad aliquid)”, sicut nomina quae relationem significant: como los nombres que significan “relación”. Unde quibusdam visus est quod hoc nomen persona simpliciter, ex virtute vocabuli, essentiam significet in divinis: De donde a algunos ha parecido que este hombre “persona”, simplíciter y por la fuerza del vocablo, significa “la esencia” en las cosas divinas, sicut hoc nomen Deus, et hoc nomen sapiens: como este nombre “Dios”, y este nombre “sabio”: sed propter instantiam haereticorum, est accomodatum, ex ordinatione Concilii, ut possit poni pro relativis: pero a causa de la amenaza de los herejes, ha sido acomodado, por orden del Concilio (Niceno), para que puede ser puesto por los relativos (por las relaciones); et praecipue in plurali: y principalmente en plural, vel cum nomine partitivo: o como nombre partitivo, ut cum dicimus tres personas: como cuando decimos tres personas, vel alia est persona Patris, alia Filii: o (como cuando decimos) una es la persona del Padre y otra la del Hijo. In singulari vero potest sumi pro absoluto, et pro relativo: Pero en singular (la palabra persona) puede ser tomada por lo absoluto [la esencia o naturaleza de Dios], o por lo relativo [la relación]. Sed haec non videtur sufficiens ratio: Pero esta explicación no parece suficiente. Quia si hoc nomen persona, ex vi suae significationis, non habet quod significet nisi essentiam in divinis: Porque si este nombre “persona”, por la fuerza de su significación, no tiene que signifique sino la esencia en las cosas divinas; ex hoc quod dictum est tres personas, non fuisset haereticorum quietata calumnia: por aquello que ha sido dicho “tres personas”, no habría sido aquietada la calumnia de los herejes, sed maioris calumniae data esset eis occasio: sino que mayor ocasión de calumnia les sería dada. Et ideo alii dixerunt quod hoc nomen persona in divinis significat simul essentiam et relationem: Y por eso otros dijeron que este nombre “persona” significa al mismo tiempo la esencia y la relación. Quorum quídam dixerunt quod significat essentiam in recto, et relationem in obliquo: De los cuales algunos dijeron que (persona) significa la esencia en recto (en forma directa), y la relación en oblicuo (en forma indirecta). Quia persona dicitur quasi per se una: unitas autem pertinet ad essentiam: Porque (la palabra) persona es dicha como “per se una”: pero la unidad pertenece a la esencia. Quod autem dicitur per se, implicat relationem oblique: Pero porque es dicha “per se”, implica “la relación” en forma oblicua (indirectamente): intelligitur enim Pater per se esse, quasi relatione distinctus a Filio: pues se entiende que el Padre es per se, como distinto del Hijo por la relación.—Quidam vero dixerunt e converso, quod significat relationem in recto, et essentiam in obliquo: Pero algunos dijeron al revés: que (persona) significa la relación in recto, y la esencia in oblicuo (indirectamente): quia in definitione personae, natura ponitur in obliquo: porque en la definición de persona, la naturaleza es puesta indirectamente (in obliquo). Et isti propinquius ad veritatem acceserunt: Y éstos estuvieron más cercanos a la Verdad.
Ad evidentiam igitur huius quaestionis, considerandum est quod aliquid est de significatione minus communis, quod tamen non est de significatione magis communis: Para la evidencia de esta cuestión, debe ser considerado que algo es sobre el significado de lo menos común, lo cual sin embargo no es del significado de lo más común: rationale enim includitur in significatione hominis, quod tamen non est de significatione animalis: pues lo racional está incluido en la significación de “hombre”, lo cual sin embargo no es de la significación del “animal”. Unde aliud est quaerere de significatione animalis, et aliud est quaerere de significatione animalis quod est homo: De donde una cosa es buscar sobre la significación de animal, y otra cosa es buscar sobre la significación del animal que es el hombre. Similiter aliud est quaerere de significatione huius nominis persona in communi: De igual manera, una cosa es buscar sobre la significación de este nombre “persona” en común (en general), et aliud de significatione personae divinae: y otra sobre la significación de la persona divina. Persona enim in communi significat substantiam individuam rationalis naturae, ut dictum est (a.1): Pues persona en común (en general) significa sustancia individual de naturaleza racional. Individuum autem est quod est in se indistinctum, ab aliis vero distinctum: (Pero) el individuo es lo que es en sí mismo indistinto, pero distinto de los otros. Persona igitur, in quacumque natura, significat id quod est distinctum in natura illa: Por lo tanto, persona, en cualquier naturaleza, significa aquello que es distinto en esa naturaleza: sicut in natura humana significat has carnes et haec ossa et hanc animam, quae sunt principia individuantia hominem: como en la naturaleza humana significa estas carnes y estos huesos y esta alma, las cuales cosas son principios que individúan al hombre; quae quidem, licet non sint de significatione personae, sunt tamen de significatione personae humanae: las cuales cosas ciertamente, aunque no sean de la significación de persona, son sin embargo de la significación de persona humana. Distinctio autem in divinis non fit nisi per relationes originis, ut dictum est supra (q.28, a.3): Pero la distinción en las cosas divinas no es hecha sino por las relaciones de origen, como ha sido dicho arriba (q. 28, a. 3). Relatio autem in divinis non est sicut accidens inhaerens subiecto, sed est ipsa essentia divina: Pero la relación en las cosas divinas no es como un accidente que inhiere en un sujeto, sino que es la misma esencia divina: unde est subsistens, sicut essentia divina subsistit: de donde (la relación) es subsistente, ya que la esencia divina subsiste (ya que la esencia divina es subsistente). Sicut ergo deitas est Deus, ita paternitas divina est Deus Pater, qui est persona divina: Por lo tanto, así como la deidad es Dios, así la paternidad divina es Dios Padre, el cual es una persona divina. Persona igitur divina significat relationem ut subsistentem: Por lo tanto, “persona divina” significa la relación como subsistente. Et hoc est significare relationem per modum substantiae quae est hypostasis subsistens in natura divina: Y esto es significar la relación por modo de sustancia, la cual es una hipóstasis subsistente en la naturaleza divina; licet subsistens in natura divina non sit aliud quam natura divina: aunque el subsistente en la naturaleza divina no sea distinto que la naturaleza divina.
Et secundum hoc, verum est quod hoc nomen persona significat relationem in recto, et essentiam in obliquo: Y según esto, es verdadero que este nombre “persona” significa la relación in recto (en forma directa), y la esencia in obliquo (en forma indirecta): non tamen relationem inquantum est relatio: no sin embargo la relación en cuanto es relación, sed inquantum significatur per modum hypostasis: sino en cuanto es significada por modo de hipóstasis.
—Similiter etiam significat essentiam in recto, et relationem in obliquo: De igual manera también significa la esencia in recto, y la relación in obliquo: inquantum essentia ídem est quod hypostasis: en cuanto la esencia es lo mismo que la hipóstasis; hypostasis autem significatur in divinis ut relatione distincta: ahora bien, la hipóstasis es significada en las cosas divinas como distinta por la relación; et sic relatio, per modum relationis significata, cadit in ratione personae in obliquo: y así la relación, significada por modo de relación, cae en la razón de persona indirectamente.
Et secundum hoc etiam dici potest; quod haec significatio huius nominis persona non erat percepta ante haereticorum calumniam: Y según esto, también puede ser dicho: que esta significación de este nombre “persona” no había sido percibida antes de la calumnia de los herejes: unde non erat in usu hoc nomen persona, nisi sicut unum aliorum absolutorum: de donde este nombre “persona” no estaba en uso sino como uno de los otros (nombres) absolutos. Sed postmodum accomodatum est hoc nomen persona ad standum pro relativo, ex congruentia suae significationis: Pero después fue acomodado este nombre de persona para estar por el relativo (por la relación), por la congruencia de su significación: ut scilicet hoc quod stat pro relativo, non solum habeat ex usu, ut prima opinio dicebat, sed etiam ex significatione sua: a saber que esto que (persona) está por el relativo (por la relación), no solamente (lo) tiene por el uso, como la primera opinión decía, sino también por su significación.

(1) Persona “en general” significa -lo vimos recién y lo repetimos- “la sustancia individual (el subsistente) de naturaleza racional”. Para el caso de Dios, tendremos que ver qué particularidad se agrega a dicha definición general cuando se trata de una persona “divina”.

(2) Comencemos considerando que “individuo” es lo que es distinto de otros en una determinada naturaleza.
Trasladado esto a “persona”, diremos que: Persona (o si quieren: individuo racional) es lo que es distinto de otros (o de otras personas) en esa misma naturaleza racional.

(3 a) Dentro de lo distinto o ser distinto de otros, pongamos de relieve que la distinción en Dios es sólo por las relaciones; esto lo vimos en la prédica del domingo pasado.

(3 b) Allí dijimos que las relaciones en Dios son relaciones reales (son de la misma naturaleza en Dios). Y dijimos que en toda relación real, la distinción entre los extremos es una distinción real.

(3 c) Por ejemplo, y aplicado a Dios: La distinción entre el que procede y aquel desde lo cual procede, es una distinción real.

(4 a) Pero también hemos enseñado el domingo pasado que, si bien los extremos se distinguen entre sí realmente, cada uno de esos extremos es lo mismo que la esencia divina (en la cual hay suma unidad).

(4 b) De allí que cualquiera de las relaciones (por ejemplo la de paternidad: aquel desde el cual procede el Hijo) es lo mismo que la esencia divina, y tiene, por lo tanto, las mismas cualidades de la esencia de Dios.

(4 c) Entre esas cualidades, tenemos que la esencia divina es subsistente. Por lo tanto cada relación es subsistente.

(5) ¿Qué es entonces “persona divina”? Persona divina es la relación que hay en Dios como subsistente (o en cuanto subsistente): “Persona divina significat RELATIONEM UT SUBSISTENTEM”.

(5 bis) Por ejemplo: La paternidad divina es una de las relaciones en Dios. Si uno considera dicha relación como subsistente (cualidad recibida por ser lo mismo que la esencia o naturaleza de Dios), ella es Dios Padre, el cual es una persona divina.

(6 a) Apliquemos lo dicho, para tratar de ver algo más, a la definición de persona; la repetimos: “sustancia individual o subsistente de naturaleza racional”.

(6 b) Esto se da en Dios: ser subsistente de naturaleza racional. Ya dijimos que una de las cualidades de la esencia de Dios es ser subsistente. Y en otras prédicas dijimos que la naturaleza de Dios es una naturaleza racional.

(6 c) Mas en Dios tenemos la particularidad que a tal concepto general debemos agregar, cuando se trata de una persona “divina”, que la persona es la relación como subsistente. Aplicándolo a la definición de persona tenemos:
a) Al subsistente (la relación es subsistente, ya lo vimos); b) de naturaleza racional (porque la relación es igual que la naturaleza o esencia de Dios y ésta es racional); y c) la relación es distinta realmente de los otros subsistentes o personas divinas (por ser relación real se distinguen realmente los extremos).

(Conclusión)

Hasta allí queríamos predicar para este año sobre la Trinidad.
Si Dios lo permite, el próximo año abordaremos “La pluralidad de Personas” (Cuestión 30: De pluralitate Personarum). Lo cual abarca, entre otros temas, el ver por qué son tres las Personas y no más de tres, o: Si puede haber más de tres.
Pero eso quedará para el año próximo, Dios mediante.

AVE MARÍA PURÍSIMA.